Reforma al Código Fiscal incorpora el artículo 30-B, que obliga a empresas digitales a conceder acceso permanente en línea; incumplirlo podría derivar en bloqueo temporal del servicio
La mayoría oficialista de Morena en la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Fiscal de la Federación que incorporan el artículo 30-B, mediante el cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) obtendrá facultades para acceder en tiempo real y de forma permanente a los datos de servicios digitales como plataformas de streaming (Netflix, Amazon Prime, HBO Max) y aplicaciones de citas (Tinder, Bumble), entre otras.
Según la nueva disposición, los proveedores de estos servicios deberán permitir que las autoridades fiscales consulten sus sistemas o registros de operaciones, suscripciones, facturación y demás información relevante en línea, bajo los términos que el SAT establezca mediante reglas generales. En caso de no cumplir con esta obligación, se contempla el bloqueo temporal del acceso al servicio digital para los usuarios afectados.
Organizaciones como la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) y Artículo 19 han emitido alertas señalando que esta reforma representa una amenaza grave para el derecho a la privacidad y la libertad de expresión. Argumentan que la medida carece de salvaguardas judiciales y de control externo, permitiendo potenciales abusos de vigilancia estatal.
El director interino de R3D, José Flores Sosa, opinó que la reforma al Código Fiscal no debe verse aisladamente, sino como parte de un proyecto mayor para consolidar un sistema estatal de supervisión digital. Advirtió que la figura del bloqueo temporal puede fungir como un mecanismo de censura indirecta y que la información fiscal podría cruzarse con otras bases de datos oficiales, incrementando el riesgo de identificación y control indebido.