Los plazos para la entrada en vigor de la Ley Silla comenzarán a correr luego de su promulgación, será exigible a mediados del 2025.
Este jueves 19 de diciembre la Ley Sillafue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y con ello, comenzó a correr el plazo de transición, la reforma laboral que reconoce el derecho al descanso de las personas en un asiento con respaldo entrará en vigor el 17 de junio del 2025.
De acuerdo con el decreto, la Ley Silla estará Vigente a partir de los 180 días naturales siguientes a su publicación en el DOF, eso significa que será exigible para los empleadores. Posteriormente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) contará con 30 días para emitir la normatividad correspondiente y las empresas tendrán otros 180 días naturales para adecuar sus reglamentos internos.
Esta reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue avalada por el Senado a principios de diciembre y obliga a las empresas a otorgar una silla con respaldo a los trabajadores para el descanso durante la jornada laboral, el objetivo es evitar riesgos asociados a trabajar de pie por tiempos prolongados.
El marco regulatorio también prohíbe a los empleadores obligar a las personas a permanecer de pie la totalidad del horario de trabajo en una postura vertical.
Por otra parte, las empresas deberán destinar una área específica en el centro de trabajo para las sillas, y además, el uso de los asientos y los periodos de descanso deberán regularse a través del reglamento interno de trabajo.
¿Para quiénes va dirigido?
La Ley Silla está dirigida a centros de trabajo del sector de servicios, comercio y análogos. En el caso de las empresas de corte industrial, las disposiciones sólo podrán ser exigibles cuando la naturaleza del trabajo lo permita.
Si bien la LFT ya contenía la obligación de las empresas de contar con el número de asientos suficientes para los trabajadores, esta norma no estaba vinculada con el descanso de las personas.
Aunque el tema puede ser nuevo en México, existen economías como España, Chile y Argentina que tienen marcos legales en la materia desde principios del siglo XX.
De acuerdo con una encuesta de OCC, el 45% de las personas que trabaja de pie no tiene ningún apoyo de su empleador para minimizar los riesgos. La mitad de los trabajadores reporta molestias físicas, como dolores de espalda o cansancio en las piernas, sólo un 8% afirma que no tiene ningún malestar provocado por la postura vertical.
El tiempo prolongado de pie está asociado con diversos problemas para la salud. Investigaciones confirman que las personas que laboran en esta postura son más susceptibles a un infarto cardíaco o a sufrir un derrame cerebral, los cuales tienen que ver con el retorno venoso, es decir, la tasa de flujo sanguíneo de vuelta al corazón.