A finales de junio, autoridades de los dos países anunciaron un plan de remediación en la fábrica de Volkswagen en Puebla, donde el gobierno mexicano había acordado revisar supuestas denegaciones de derechos de los trabajadores.
La queja laboral que interpusieron ocho trabajadores de la empresa Volkswagen de México concluyó de manera satisfactoria para el gobierno de Estados Unidos, ya que fueron reinstalados los trabajadores; pero, se concluyó que no existió denegación de derechos, pues no hay violación a la libertad sindical.
Así lo manifestó Katherine Thai, representante Comercial de Estados Unidos, quien destacó que la resolución fue exitosa pues, previo a que concluyera la investigación, en julio de 2024, Estados Unidos y México acordaron un plan integral para garantizar que los derechos de los trabajadores estén protegidos en la planta de Volkswagen en Puebla.
“La resolución de hoy marca el vigésimo primer caso que Estados Unidos y México han resuelto exitosamente bajo el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida. A través de este caso, se ha asegurado a los trabajadores de la planta de fabricación de automóviles más grande de México que pueden ejercer libremente su libertad de asociación y sus derechos de negociación colectiva”, dijo Tai.
En tanto, la subsecretaria adjunta para Asuntos Laborales Internacionales, Thea Lee, añadió que “los gobiernos de Estados Unidos y México han colaborado para garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores a organizarse y negociar colectivamente”.
Esta queja, la número 26 desde que entró en vigor el tratado de libre comercio, T-MEC, se presentó el 25 de abril de 2024, y alegaba el despido a ocho trabajadores en represalia por la actividad sindical que realizaron mientras se desempeñaban como representantes sindicales.
Una parte central para solucionar este caso fue la reinstalación de los ocho trabajadores a sus puestos anteriores con el mismo título, funciones, condiciones de trabajo y prestaciones que tenían al momento de su separación de la empresa, con el compromiso de no discriminación, represalias, amenazas, acoso o violencia contra los trabajadores, a partir de este momento.
Además, difundir e implementar su declaración de neutralidad y las directrices de la empresa sobre libertad de asociación y negociación colectiva, incluida una política de tolerancia cero ante las violaciones.
La empresa alemana debe proporcionar capacitación al personal de la empresa sobre su declaración y directrices de neutralidad; mantener copias de la declaración de neutralidad, lineamientos de la empresa, materiales de capacitación relacionados y convenio colectivo, e información sobre cómo los trabajadores pueden presentar quejas ante la empresa o el gobierno de México relacionadas con violaciones de sus derechos, en una aplicación de la empresa a la que puedan acceder los trabajadores.
Al Gobierno de México, entre otras cosas, corresponderá vigilar la instalación relacionada con las obligaciones del curso de remediación y el cumplimiento de las leyes mexicanas relacionadas con la libertad de asociación y negociación colectiva.